Diferencias entre distribuidora y comercializadora eléctrica

Cada día es más común que los consumidores se enfrenten a acusaciones por parte de las compañías eléctricas de haber incurrido en irregularidades que pueden suponer desde sanciones económicas hasta acciones legales, en la carta aparezcan nombres distintos: uno como distribuidora, otro como comercializadora. Y, a partir de ahí, empieza el lío.

Entender bien la diferencia entre distribuidora y comercializadora es clave para defenderte si te reclaman cantidades desorbitadas o, directamente, te señalan como defraudador sin una base sólida.

Por qué es importante diferenciar a la distribuidora de la comercializadora

En el sistema eléctrico español intervienen muchas empresas, pero las dos caras que ve el consumidor son siempre las mismas: distribuidora y comercializadora. No hacen lo mismo, no tienen las mismas obligaciones y tampoco tienen el mismo papel cuando se habla de fraude eléctrico.

Cuando una compañía pretende cobrarte un supuesto consumo no registrado, una “regularización” por manipulación del contador o te amenaza con acciones legales, lo primero que conviene tener claro es desde qué “sombrero” está actuando: Si como empresa que gestiona la red (distribuidora) o como empresa que te vende la luz y te factura (comercializadora).

Esa distinción es muy relevante, porque en España solo los tribunales pueden declarar que existe un delito de defraudación de fluido eléctrico. Ni la distribuidora ni la comercializadora son jueces, aunque a veces el tono de sus cartas pueda sugerir lo contrario.

Qué hacen las distribuidoras eléctricas

La distribuidora es la empresa que suministra físicamente la electricidad hasta tu casa o negocio. Se encarga de la red: Cables, centros de transformación, acometidas, contadores en modo de alquiler y todo lo que hace posible que, cuando levantas el automático, haya luz.

Su función está regulada y supervisada por la CNMC y el Ministerio, y fundamentalmente consiste en construir, mantener y operar la red de distribución en una determinada zona, así como conectar los puntos de suministro y atender las averías que tengan su origen fuera de la instalación particular del cliente.

Un detalle importante: la distribuidora no la eliges tú. Viene determinada por la ubicación del suministro. Si te mudas de ciudad, probablemente cambiará de forma automática. Si cambias de comercializadora, la distribuidora seguirá siendo la misma.

También es la distribuidora quien suele realizar las lecturas de los contadores y enviar esos datos a la comercializadora, que es la que finalmente los incorpora a la factura.

Principales distribuidoras en España

Aunque existen más de 300 pequeñas distribuidoras locales, la mayor parte del territorio nacional está cubierta por cinco grandes empresas de distribución, ligadas a los grandes grupos energéticos.

  • e-Distribución, del grupo Endesa.
  • i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, del grupo Iberdrola.
  • UFD Distribución Electricidad, del grupo Naturgy.
  • E-Redes, del grupo EDP.
  • Viesgo Distribución, integrada en la órbita de Repsol.

Cada una tiene asignadas zonas concretas del país. Esa zonificación explica por qué, cuando comparas tu factura con la de un familiar de otra comunidad autónoma, el nombre de la distribuidora cambia aunque la comercializadora sea la misma.

Distribuidora oficialMarca habitual / nombre cortoGrupo empresarial matriz
E-Distribución Redes Digitales, S.L.e-DistribuciónEndesa
I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.i-DEIberdrola
UFD Distribución Electricidad, S.A.UFDNaturgy
E-Redes Distribución Eléctrica, S.A.E-RedesEDP (EDP España)
Viesgo Distribución Eléctrica, S.L.Viesgo DistribuciónRepsol (red heredada de Viesgo/E.ON)

Qué hace la comercializadora eléctrica

La comercializadora es la empresa que firma el contrato contigo, te vende la energía y te manda la factura cada mes. Su papel es esencialmente comercial: Compra electricidad en el mercado mayorista y la revende a los consumidores con unas determinadas tarifas y condiciones contractuales. Además, gestiona todos tus trámites administrativos: altas, bajas, cambios de titular, modificaciones de potencia, elección de tarifa, etc.

A diferencia de la distribuidora, la comercializadora sí la puedes elegir. De hecho, ahí es donde existe la competencia: hay centenares de empresas autorizadas a vender electricidad, aunque el grueso del mercado residencial sigue concentrado en unos pocos grandes grupos.

Dentro de las comercializadoras hay dos grandes tipos:

  • Mercado libre, que fijan sus propias tarifas y condiciones.
  • Comercializadoras de referencia, que son las únicas que pueden ofrecer la tarifa regulada PVPC y tramitar el bono social de la luz.

Cuando tienes un problema con la factura, con el precio aplicado, con un cambio de contrato que no recuerdas haber aceptado o con la pérdida del bono social, quien responde en primer lugar es siempre la comercializadora.

En comercialización el abanico es mucho más amplio, porque cualquier empresa que cumpla los requisitos legales puede vender electricidad y figurar como comercializadora en tu factura. La CNMC mantiene un listado público de comercializadores tanto de mercado libre como regulado.

Sobre el terreno, sin embargo, se da una realidad muy concreta: El grueso de los contratos domésticos está en manos de un puñado de grandes compañías ligadas a esos mismos grupos: Endesa, Iberdrola, Naturgy, Repsol, EDP… junto con otras comercializadoras independientes que han ido ganando presencia en los últimos años.

Es precisamente en el ámbito de la comercialización donde se concentran muchas de las prácticas que dan lugar a conflictos: cambios de compañía sin consentimiento del cliente (lo que se conoce como slamming), falta de claridad en las condiciones, contratación telefónica poco transparente o errores graves de facturación. La CNMC ha sancionado en varias ocasiones a distintas comercializadoras por no acreditar el consentimiento del consumidor en los cambios de compañía o en la firma de determinados contratos.

Es decir: no solo se producen fraudes eléctricos en sentido penal; también hay comportamientos irregulares o directamente sancionados por la autoridad reguladora en el plano comercial.

Comercializadora (marca comercial)Tipo de mercadoGrupo empresarial matriz / descripción breve
Endesa Energía, S.A.U.LibreEndesa
Iberdrola Clientes, S.A.U.LibreIberdrola
Naturgy Iberia, S.A. / NaturgyLibreNaturgy
Repsol Comercializadora de Electricidad y Gas, S.L.U.LibreRepsol
TotalEnergies Mercado España, S.A.U.LibreTotalEnergies
EDP ComercializadoraLibreEDP (Energías de Portugal)
Octopus Energy España, S.L.U.LibreOctopus Energy Group (origen Reino Unido, expansión en ES)
Holaluz-Clidom, S.A. (Holaluz)LibreComercializadora independiente, enfocada en energía “verde”
Factorenergia, S.A. (Factorenergia)LibreComercializadora independiente pionera en el mercado liberalizado



Fraudes eléctricos por parte de las compañías eléctricas

En paralelo a los fraudes que la ley castiga, cada mes aumentan las prácticas irregulares por parte de compañías eléctricas que nada tienen que ver con que el cliente manipule el contador.

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha multado a distintas comercializadoras por cambiar a usuarios de compañía sin su consentimiento, por no poder demostrar que el consumidor había aceptado realmente el contrato, o por incumplir los requisitos de contratación recogidos en la Ley del Sector Eléctrico.

A esto se suman otros problemas habituales que llegan a los despachos de abogados y a las asociaciones de consumidores:

Regularizaciones de consumo basadas en estimaciones muy discutibles, que pretenden cobrar de golpe periodos largos sin lectura real contrastada.

  • Facturas que aplican potencias o tarifas distintas a las contratadas.
  • Pérdida del bono social tras un cambio de comercializadora que el cliente ni siquiera sabía que había firmado.
  • Regularizaciones de consumo basadas en estimaciones muy discutibles, que pretenden cobrar de golpe periodos largos sin lectura real contrastada.
  • Facturas que aplican potencias o tarifas distintas a las contratadas.
  • Pérdida del bono social tras un cambio de comercializadora que el cliente ni siquiera sabía que había firmado.
  • Cortes de suministro o amenazas de corte en situaciones de enorme incertidumbre sobre la realidad del supuesto impago o “fraude”.

En muchos de estos casos no estamos ante un delito penal, pero sí ante reclamaciones discutibles, vulneraciones de derechos básicos del consumidor o, directamente, frente a actas de inspección mal documentadas que se utilizan para presionar al cliente.

En SEDIF LEGAL defendemos a consumidores que se encuentran en esta situación: personas a las que una compañía eléctrica pretende cargar con la etiqueta de defraudadores sin que exista una prueba sólida, o que sufren reclamaciones económicas desproporcionadas a partir de actas de inspección dudosas.

Nuestro trabajo consiste en analizar tu caso concreto, revisar la actuación de distribuidora y comercializadora, comprobar si se ha respetado tu derecho a la presunción de inocencia y, en su caso, impugnar esas reclamaciones allí donde corresponda: ante la propia compañía, ante los organismos reguladores o, llegado el caso, ante los tribunales.

Si te han acusado de fraude eléctrico o has recibido una factura de regularización que consideras injusta, puedes ponerte en contacto con SEDIF LEGAL. Estudiaremos la documentación, te explicaremos tus opciones y te ayudaremos a que no se convierta en un problema aún mayor.